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Deslinde colada del Mar i Torre la Sal
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  #1  
Viejo 19/abr/05, 11:11
anonimo
Novato
 
Fecha de ingreso: 19/sep/05
Mensajes: 633.162
Predeterminado Deslinde colada del Mar i Torre la Sal

http://www.pre.gva.es/dogvimg/2005_04/htm/4988c.htm



c) EMPLAZAMIENTOS JUDICIALES

Y EJECUCIÓN DE SENTENCIAS



Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo



RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2005, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se da cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de fecha 27 de mayo de 2003, en virtud de la cual se declara contraria a derecho la Orden de 21 de septiembre de 1999 de la entonces Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Generalitat Valenciana, por la que se aprobó el deslinde de la vía pecuaria Colada del Mar y Torre de la Sal, en el tramo que discurre por el término municipal de Cabanes (Castellón). [2005/Q3877]



Por la Abogacía del Estado, en representación de la administración estatal, se ha interpuesto recurso contencioso administrativo número 03/768/2000 contra la Orden de la Conselleria de Economía y Hacienda, de fecha 21 de septiembre de 1999, aprobatoria del deslinde de la vía pecuaria denominada Colada del Mar y Torre de la Sal, en el tramo que discurre por el término municipal de Cabanes (Castellón).

Dicho recurso finalizó por sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de fecha 27 de mayo de 2003, en virtud de la cual se declara contraria a derecho la Orden de 21 de septiembre de 1999 de la entonces Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Generalitat Valenciana por la que se aprobó el referido deslinde.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que establecen la obligatoriedad de cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes dictadas por jueces y tribunales.

Visto lo dispuesto por el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y de conformidad con las competencias atribuidas por el artículo 164 de la Ley 3/1986, de 24 de octubre, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana, a la antiguamente denominada Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública, actualmente Economía, Hacienda y Empleo, aplicable al caso por haberse dictado por aquella conselleria la orden objeto de la sentencia, resuelvo:



Primero

Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el fallo de sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de fecha 27 de mayo de 2003, que literalmente dice:

«Estimamos el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por el abogado del estado, contra la Orden de 21 de septiembre de 1999, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Generalitat Valenciana, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria colada del Mar y Torre de la Sal, en el tramo que discurre por el término municipal de Cabanes (Castellón), y contra la desestimación por silencio administrativo del requerimiento efectuado por el Ministerio de Medio Ambiente, de 3 de marzo de 2000, respecto al trazado por el tramo indicado.

Así mismo, se declara la inadmisibilidad del presente recurso contencioso, a los comparecidos Vicente Claret Tejedor y María Martí Alonso, con reserva de las acciones civiles sobre cuestiones de propiedad que les puedan afectar, con motivo de dicho deslinde.

No se hace expresa imposición de costas».



Segundo

Ordenar el cumplimiento de la referida sentencia en sus propios términos.



Valencia, 8 de abril de 2005.– El conseller de Economía, Hacienda y Empleo: Gerardo Camps Devesa


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  #2  
Viejo 20/abr/05, 10:10
anonimo
Novato
 
Fecha de ingreso: 19/sep/05
Mensajes: 633.162
Predeterminado Re: Deslinde colada del Mar i Torre la Sal

Número DOGV: 3600
Fecha DOGV: 08.10.1999
Sección: III. CONVENIOS Y ACTOS
Subsección: G) OTROS ASUNTOS
Origen inserción: Conselleria de Economía y Hacienda





Título inserción:
ORDEN de 21 de septiembre de 1999, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el deslinde parcial de la vía pecuaria Colada del Mar y Torre de la Sal en el tramo que discurre por el termino municipal de Cabanes (Castellón). [1999/8428]



Texto de la inserción:

ORDEN de 21 de septiembre de 1999, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el deslinde parcial de la vía pecuaria Colada del Mar y Torre de la Sal en el tramo que discurre por el termino municipal de Cabanes (Castellón). [1999/8428]
Visto el expediente de deslinde parcial de la Vía Pecuaria «Colada del Mar y Torre de la Sal. en el tramo que discurre por el término municipal de Cabanes (Castellón), tramitado por la Conselleria de Medio Ambiente con el fin de consolidar el carácter de dominio público del mismo.
Resultando que el deslinde se ajusta a la clasificación de la vía pecuaria, aprobaba por la Orden Ministerial de fecha 22 de diciembre de 1962 (BOE de 23 de enero de 1963)
Resultando que dentro del periodo de información pública a que fue sometido el expediente fueron presentadas alegaciones por:
1. El Ayuntamiento de Cabanes.
2. Doña Mercedes Cabeza de Vaca Abiol.
3. La Dirección General de Costas.
Resultando que por la Dirección General de Conservación del Medio Natural de la Conselleria de Medio Ambiente se propone la aprobación del deslinde de acuerdo con los términos que figuran en el expediente.
Vistos los informes de los Servicios Jurídicos de las Consellerias de Medio Ambiente y de Economía y Hacienda.
Considerando que se han cumplido en el expediente los trámites señalados por los artículos 7 y siguientes de la Ley 3/1995 de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
Considerando que en virtud de lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 3/1986 de 24 de octubre, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana, corresponde a esta Conselleria la aprobación del deslinde de inmuebles propiedad de la Generalitat Valenciana.
DISPONGO
Primero
Aprobar el deslinde parcial de la vía pecuaria Colada del Mar y Torre de la Sal en el tramo que discurre por el término municipal de Cabanes (Castellón), de acuerdo con la proposición de deslinde y planos que constan en el expediente y cuyas características son las siguientes:
. Anchura clasificada: legal, 50 metros; necesaria, 50 metros.
. Longitud total del tramo deslindado 7.200 m²
. Superficie total deslindada: 360.500 m².
Segundo
Desestimar las alegaciones presentadas por los motivos que se indican a continuación:
La presentada por doña Mercedes Cabeza de Vaca Abiol, la cual alega derecho de propiedad sobre la parcela colindante a la línea de piquetes 93 a 99, haciendo constar que los números 95 y 97 se sitúan en el interior de su propiedad, aportando la correspondiente escritura publica de compra venta debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad, denegándose la misma en base a lo dispuesto por los artículos 1 de la Ley de Vías Pecuarias de 1974, 1 y disposición final primera de su Reglamento y del artículo 8.3 de la vigente Ley 3/1995, de Vías Pecuarias, los cuales hacen mención al carácter de bienes de dominio público de las vías pecuarias no susceptibles de prescripción por lo cual las inscripciones registrales no pueden prevalecer frente a la naturaleza jurídica demanial.
La presentada por el Ayuntamiento de Cabanes en la cual se alega la existencia de diversas propiedades particulares que serían afectadas por el deslinde, la cual se deniega por los motivos expuestos en la alegación anterior.
Igualmente se alega la existencia del Plan General de Ordenación Urbana aprobado el 9 de marzo de 1983, en el cual no se refleja la existencia de la Vía Pecuaria objeto del deslinde. A estos efectos se hace constar que según lo dispuesto por el art. 17.1-f de la Ley de la Generalitat Valenciana 6/1994 de 15 de noviembre, reguladora de la actividad urbanística, los planes generales establecerán tratamientos conforme a su legislación reguladora para la protección y funcionalidad de bienes de dominio público no municipal, entre los que se encuentran las vías pecuarias.
La presentada por la Dirección General de Costas del Estado según la cual la mayor parte del tramo de Vía Pecuaria deslindada discurre dentro del dominio público marítimo terrestre. Tal alegación debe ser igualmente desestimada, puesto que el motivo del deslinde es exclusivamente definir y consolidar el dominio público pecuario.
Según hace constar el informe del Servicio Jurídico de la Conselleria de Medio Ambiente de fecha 17 de julio de 1995, las sentencias del Tribunal Constitucional 227/1998, fundamento jurídico 25, 49/1998, fundamento jurídico 29, así como la de fecha 26 de junio de 1995, establecen que la calificación y atribución demanial no puede operar como limite para el sistema constitucional de distribución de competencias, ni es título jurídico para pretender una competencia excluyente sobre el dominio público, que excluya a la que sobre tal territorio, ostenten otras administraciones públicas por otros títulos.
Tercero
Que se proceda a la cancelación total o parcial de cuantas inscripciones registrales resulten contradictorias con el deslinde.
Cuarto
Que por la Conselleria de Medio Ambiente se proceda al amojonamiento del tramo deslindado.
Quinto
Que se publique la presente orden en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, dándose traslado de la misma a los organismos informantes y notificándola a los interesados en el expediente.
Valencia, 21 de septiembre de 1999.
El conseller de Economía y Hacienda

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  #3  
Viejo 22/abr/05, 20:08
anonimo
Novato
 
Fecha de ingreso: 19/sep/05
Mensajes: 633.162
Predeterminado pregunta para Eucabanes

Me gustaria que explicaras este tema y que relación tiene o puede tener con los famosos terrenos perdidos-vallados por un conocido empresario en la zona de Torrelasal con el ayto. mirando hacia otra parte (PP y PSOE).
¿Afecta esta resolución judicial a esos terrenos?
Habia un hilo en el foro de este tema de esos terrenos y no esta, ¿que ha pasado con ese hilo?
Saludos y felicitaciones por la denuncia que habeis puesto del tema de la Discoteca.
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  #4  
Viejo 22/abr/05, 22:10
eucabanes
Usuario activo
 
Fecha de ingreso: 19/sep/05
Mensajes: 149
Predeterminado tema terrenos vallados

Hola.
En primer lugar comentarte que la primera semana de funcionamiento del foro, por un error nuestro, se borraron todos los comentarios, y solo pudimos volver a colgar aquellos que teniamos guardados por otra via. No se censuró ni nada por el estilo, simplemente pasó eso.

Los interes que puedan tener PP-PSOE al respecto de hacer la vista gorda con el terreno vallado por el señor fenollosa, dueño de camping de torre la sal ( no tenemos tampoco por que ocultar el nombre), se les tendria que preguntar a ellos; el tema no es nuevo, si no me equivoco ( y rectificarnos is es así), cuando mandaba el PSOE ya estaba el tema igual que ahora. Y siempre que lo hemos sacado en el pleno, el alcalde se ha hecho el loco, y el psoe, q de normal siempre mete "cullerà"; calla.

No creo que este tema tenga nada que ver, lo que parece ser estaba en disputa es el camino que discurre junto a la playa, y era una disputa entre costar y consellerias, y el vallado es justamente a partir de ahi, peró no creo que incluya esa zona. HEmos pedido un informe al respecto ( eljueves) al secretario del ayto, y nos ha asegurado que nos lo darà.

Presentamos una serie de peticiones otra vez por registro al ayto, hace un par de semanas, solicitando informe a la arquitecta sobre todas las fincas de propiedad municipal potencialmente afectadas, marcadas en plano catastral, y informe sobre si se han vendido o no, o estan en opció de venta o en disputa legal. Nos ha contestado nuestro queridisimo alcalde, por escrito, diciendo que de momento no se ha podido hacer el mencionado informe, sin alegar nada más, diciendo que cuando puedan nos conestarà. Ese cuando pueda ya dura dos años.
quien algo oculta...

el tema es para llevarlo a los tribunales.
Lo denunciamos en su dia al Seprona... y se perdió la denuncia quien sabe por donde.
Estamos intentado obtener alguna cosilla por otra parte para abrir el tema...

O sea, estamos encima...

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  #5  
Viejo 24/abr/05, 00:12
anonimo
Novato
 
Fecha de ingreso: 19/sep/05
Mensajes: 633.162
Predeterminado sigue informando y no dejeis el tema.Gracias

Gracias por la información Eucabanes y no dejeis el tema, es mucho dinero el que se QUIEREN EMBURCHACAR algunos en este asunto con la COMPLICIDAD de los que tienen responsabilidad en velar por los bienes de todos a cambio de ???????????? , porque esto es como todo al final todo sabe y el tejemaneje en este pueblo es grandisimo y con los paletos estos que nos gobiernan y apoyan (Psoe).Al final aqui como en oropesa donde lo que vota el pp es secundado por el Sr. Canari del psoe.
Menuda pandilla de SINVERGUENZAS que nos van a EXPOLIAR a manos llenas si no viene un Garzon de turno y tira de la manta esta que lo cubre todo y a todos.
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