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Para todos los compañeros de las tres últimas promociones:
Sobre las Resoluciones fraudulentas de Defensa, para los que no recurrieron. Al no haber sido recurridas las citadas resoluciones, por los interesados en su día, son firmes y en consecuencia se os reconocen las antigüedades siguientes: de teniente de 1/01/99; de capitán y de comandante 1 de enero de 2008, para el personal en reserva. Para el personal en activo de teniente de 1/05/99 de capitan de 1/04/2000 y de comandante con la fecha que cada uno pase o haya pasado a la a la situación de reserva, al amparo del apartado 3 de la DA10 de la Ley 39/2007. Para los 497 que no hayan iniciado el contencioso administrativo son firmes las Resoluciones y quedan las siguiente antigüedades: de teniente 1/09/99 de capitán 13/7/1988, de comandante 20/4/1994. Los 497 que tengan recurrida la antigüedad de teniente en la Audiencia Nacional están a la espera de que se les reconozca la antigüedad de teniente de 10/08/1983 ¿Qué se puede hacer? Empezar a solicitar los títulos en las Delegaciones de Defensa de los empleos de teniente, capitán y comandante y a partir de la contestación ,o en su caso acto presunto, iniciar un nuevo recurso por fraude de Ley. nota ASCENSO EN ACTIVO A CAPITÁN BOD NÚMERO 101 DE 25 DE MAYO DE 2005 Resolución 562/08131/05 ASCENSO A CAPITÁN Los Oficiales que ascienden a los empleos que para cada uno se indica. y que por la presente Reslución no quedan confirmados. cesaran en su actual destino continuando en la situación de servicio activo. pendiente de asignacion de destino, A Capitán Teniente de DON .......(13005000/11694783), USAC. -CAPITAN GULOCHE asciende con ANTIGÜEDAD del día 20 de mayo de 2005 y EFECTOS ECONÓMICOS del día 1 de JUNIO de 2005. http://www.arfaga.com/archivos/boe_214.pdf http://www.arfaga.com/archivos/bod235_ascensos.pdf
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AMEAUXETIII |